Una ley para los seguros
Por: Ursula Chamochumbi
Hasta el día de hoy, a pesar de que ya tiene varios años en vigencia, muchas personas desconocen que existe una ley específica que regula los contratos de seguros y protege los derechos de quienes se adhieren a ellos. Esta ley, llamada “Ley del contrato de seguro”, ha derogado varios artículos referidos a este tema, del código de Comercio de 1902 (con sus derogatorias y modificaciones) que increíblemente era el que se aplicaba hasta hace menos de 6 años para estos casos.
Esta ley es muy interesante, pues recoge y soluciona una serie de reclamos e inconvenientes que por años se presentaron en este sector, los consumidores se encuentran así más protegidos frente a grandes grupos económicos, como lo son las compañías de seguros.
Lo triste es que incluso dentro de la misma industria, muchos trabajadores y funcionarios de compañías de seguros y afines, no la conocen a cabalidad y lo que es peor, muchos de los representantes del consumidor ante estas empresas, es decir, los corredores de seguros, tampoco lo hacen; exponiendo así a sus clientes a pérdidas que en algunos casos no tendrían que serlo. El corredor de seguros es como un abogado y debería conocer todos los alcances de la ley y sus aplicaciones para poder asesorar correctamente a sus clientes, esa es su responsabilidad.
En esta ley encontramos por ejemplo que los contratos deben ser redactados de forma que un usuario sin mayores conocimientos legales, pueda entender el espíritu de los mismos y tenga claro cuáles son sus beneficios y sus deberes como asegurado o como contratante. Para que pueda llegar a ese punto, otra disposición se refiere a la obligatoriedad del envío de la póliza al cliente. Ahora esto es mucho más fácil porque los medios digitales son bastante bien aprovechados y permiten que el usuario tenga acceso a los documentos en cualquier momento y en cualquier lugar.
También defiende que la publicidad y los ofrecimientos que se hacen al cliente sean luego cumplidos, ya que de haber alguna diferencia entre lo prometido y el contenido del contrato, prevalecen las condiciones que sean más favorables al cliente. Esto ofrece cierto blindaje ante la desmesurada publicidad que en algunos casos se realiza debido a la competencia y a las siempre presentes ansias de copar el mercado.
Hay un acápite dedicado a las cláusulas y prácticas abusivas, algo bastante positivo porque detalla qué se conoce como tales y evita que, a través de mecanismos legales, se valide alguna pérdida de derechos para los asegurados o contratantes. Esta es una muestra más de que la ley se redactó pensando principalmente en los consumidores y sus derechos.
Lo mencionado en este artículo no es todo el contenido de la ley; sin embargo he resaltado algunas de las cuestiones más importantes que un asegurado debe tener en cuenta al contratar cualquier póliza de seguro. Como siempre que se realiza alguna compra o transacción comercial, lo mejor es informarse lo máximo posible y sobre todo acudir siempre a los profesionales adecuados.
Esta genial el post. Saludos.